Art. 32
Título TÍTULO VI

Art. 32

32 / 63
En vigor desde 27 abr 2016
1. Se fomentará el respeto y la protección de los menores en atención a la identidad y expresión de género de los miembros de su familia. 2. Los programas de apoyo a las familias, contemplarán de forma expresa medidas de apoyo a la diversidad familiar por razón identidad y expresión de género.
Historial de versiones

Este artículo no ha sufrido modificaciones desde su publicación.

Tus anotaciones

Pro

eli/es-md/l/2016/03/29/2#art-32