Art. 4
4 / 10En vigor desde 20 oct 2016
La incorporación al Colegio Profesional de Logopedas de La Rioja será voluntaria, en tanto la legislación estatal aplicable no establezca la obligatoriedad de la colegiación.
Historial de versiones
Este artículo no ha sufrido modificaciones desde su publicación.
Tus anotaciones
Proeli/es-ri/l/2016/10/14/2#art-4