Art. 74
Título TÍTULO IICapítulo CAPÍTULO VSecc. Sección 4.ª Procedimiento de elaboración y aprobación

Art. 74

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En vigor desde 19 mar 2016
Los planes parciales y planes especiales podrán ser formulados por los ayuntamientos, por la Administración autonómica, por otros órganos competentes en el ámbito urbanístico y por los particulares legitimados para hacerlo.
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