Título TÍTULO V›Capítulo CAPÍTULO II
Art. 63
63 / 258En vigor desde 24 may 2015
La condición de personal laboral se adquiere por la firma del contrato de trabajo, previa acreditación de que se reúnen los requisitos y condiciones exigidos y, en su caso, de la superación del correspondiente proceso selectivo.
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Proeli/es-ga/l/2015/04/29/2#art-63