Título TÍTULO IV
Art. Disposición final tercera
52 / 53En vigor desde 14 abr 2015
El Gobierno desarrollará mediante decreto los procedimientos administrativos que pudieran derivarse de la aplicación de esta ley.
El Ayuntamiento dictará los reglamentos, ordenanzas y bandos oportunos para el cumplimiento de lo dispuesto en esta ley.
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Proeli/es-ri/l/2015/03/23/2#disposicion-final-tercera