Título TÍTULO III›Capítulo CAPÍTULO VII
Art. 31
31 / 53En vigor desde 14 abr 2015
1. El Ayuntamiento de Logroño colaborará con la Administración de la Comunidad Autónoma con el fin de reducir los trámites administrativos de los particulares y agilizar los procedimientos administrativos de autorización y control de las actividades.
2. Ambas administraciones podrán poner en marcha consorcios cuyo objeto consista en el cumplimiento de alguno o varios de los fines de la legislación en materia de medioambiente de La Rioja.
Historial de versiones
Este artículo no ha sufrido modificaciones desde su publicación.
Tus anotaciones
Proeli/es-ri/l/2015/03/23/2#art-31