Art. Disposición final tercera
Capítulo CAPÍTULO ÚNICOSecc. Sección 4.ª Procedimiento sancionador

Art. Disposición final tercera

25 / 25
En vigor desde 3 oct 2015
La presente Ley entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial de Cantabria».
Historial de versiones

Este artículo no ha sufrido modificaciones desde su publicación.

Tus anotaciones

Pro

eli/es-cb/l/2015/10/01/2#disposicion-final-tercera