Capítulo CAPÍTULO ÚNICO›Secc. Sección 4.ª Procedimiento sancionador
Art. Disposición final primera
23 / 25En vigor desde 3 oct 2015
Se autoriza al Consejo de Gobierno para que en el ámbito de sus competencias dicte cuantas disposiciones reglamentarias estime necesarias para el desarrollo y aplicación de la presente Ley.
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Proeli/es-cb/l/2015/10/01/2#disposicion-final-primera