Art. 62
Título TÍTULO VIII

Art. 62

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En vigor desde 17 jun 2014
A los responsables de las infracciones administrativas tipificadas en esta ley se les sancionará con las multas siguientes: a) Infracciones leves: Multa de 50,00 a 1.500,00 euros. b) Infracciones graves: Multa de 1.500,01 a 15.000,00 euros. c) Infracciones muy graves: Multa de 15.000,01 a 150.000,00 euros.
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eli/es-cm/l/2014/05/08/2#art-62