Título TÍTULO VIII
Art. 56
56 / 76En vigor desde 17 jun 2014
El régimen sancionador aplicable en la materia regulada por esta ley será el previsto en la Ley 4/2013, de 16 de mayo, con las especificidades establecidas en este título.
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Proeli/es-cm/l/2014/05/08/2#art-56