Art. 5
Título TÍTULO ICapítulo CAPÍTULO I

Art. 5

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En vigor desde 17 jun 2014
Para cumplir eficazmente sus fines, las instituciones museísticas que se creen en Castilla-La Mancha de titularidad autonómica, o gestionadas por la Administración Regional, deberán presentar un Plan Director de acuerdo con los siguientes requisitos: 1. Los museos: a) Inmueble idóneo destinado a sede del museo con carácter permanente. b) Colección estable suficiente y adecuada al ámbito y objetivos del museo. c) Fondos accesibles para la investigación, consulta, enseñanza, divulgación y disfrute. d) Acceso público con las debidas garantías de conservación y adecuándose a la normativa interna del museo. e) Exposición sistemática y ordenada de la colección o colecciones. f) Documentación de todos sus fondos. g) Régimen de visita pública. h) Dirección, conservación y mantenimiento a cargo de personal cualificado. i) Presupuesto fijo y suficiente para garantizar su funcionamiento y la seguridad de sus fondos e instalaciones. j) Estatutos, normas de organización y gobierno y carta de servicios. 2. Las colecciones museográficas de titularidad autonómica deberán contar con los siguientes medios: a) Espacio idóneo como sede de la colección con carácter permanente. b) Colección estable, coherente y suficiente. c) Accesibilidad de la colección para investigadores. d) Exposición sistemática y ordenada de la colección. e) Régimen de visita pública. f) Presupuesto suficiente para garantizar su funcionamiento y la seguridad de sus instalaciones. g) Carta de servicios. 3. Los centros de interpretación de titularidad autonómica deberán contar con los siguientes medios: a) Un inmueble adecuado a las funciones que ha de cumplir, y que puede ser el propio sitio o monumento de cuyo conocimiento y conservación se trata. b) Accesibilidad del sitio o monumento a los investigadores. c) Régimen de visita pública. d) Dirección, conservación y mantenimiento a cargo de personal cualificado. e) Presupuesto suficiente para garantizar su funcionamiento y la seguridad de sus instalaciones. f) Carta de servicios.
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