Art. 2
Título TÍTULO ICapítulo CAPÍTULO ISecc. Sección primera. Cánones sobre la disposición del desperdicio de los residuos

Art. 2

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En vigor desde 31 ene 2014
Se modifica el artículo 3 de la Ley 8/2008, de 10 de julio, de financiación de las infraestructuras de gestión de los residuos y de los cánones sobre la disposición del desperdicio de los residuos, que queda redactado del siguiente modo: «Artículo 3. Creación de los cánones. 1. Se crean los cánones que gravan la destinación de los residuos municipales a la disposición del desperdicio mediante depósito controlado e incineración, en instalaciones tanto de titularidad pública como privada situadas en Cataluña. 2. Se crea el canon que grava la destinación de los residuos industriales a depósito controlado, en instalaciones tanto de titularidad pública como privada situadas en Cataluña. 3. Se crea el canon que grava la destinación de los residuos de la construcción a la disposición del desperdicio mediante depósito controlado, en instalaciones tanto de titularidad pública como privada situadas en Cataluña.»
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eli/es-ct/l/2014/01/27/2#art-2