Art. 19
Título TÍTULO ICapítulo CAPÍTULO ISecc. Sección tercera. Canon del agua

Art. 19

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En vigor desde 31 ene 2014
Se modifica el apartado 9 del artículo 72 del texto refundido de la legislación en materia de aguas de Cataluña, aprobado por el Decreto Legislativo 3/2003, de 4 de noviembre, que queda redactado del siguiente modo: «9. Por otra lado, en el caso del uso del agua realizado por centrales térmicas, con un consumo anual de agua superior a 500 hectómetros cúbicos, se aplica, sobre la modalidad de tarifación por volumen, el coeficiente 0,00053.»
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