Título TÍTULO VII›Capítulo CAPÍTULO II›Secc. Sección primera. Producción agroalimentaria ecológica›§ Subsección primera. Regulación de la producción agroalimentaria ecológica
Art. 180
180 / 270En vigor desde 31 ene 2014
La producción agroalimentaria ecológica es un sistema general de gestión agrícola y producción de alimentos que combina las mejores prácticas ambientales, un elevado nivel de biodiversidad, la preservación de recursos naturales, la aplicación de normas exigentes sobre bienestar animal y una producción conforme a las preferencias de determinados consumidores por productos obtenidos a partir de sustancias y procesos naturales.
Historial de versiones
Este artículo no ha sufrido modificaciones desde su publicación.
Tus anotaciones
Proeli/es-ct/l/2014/01/27/2#art-180