Art. 180
Título TÍTULO VIICapítulo CAPÍTULO IISecc. Sección primera. Producción agroalimentaria ecológica§ Subsección primera. Regulación de la producción agroalimentaria ecológica

Art. 180

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En vigor desde 31 ene 2014
La producción agroalimentaria ecológica es un sistema general de gestión agrícola y producción de alimentos que combina las mejores prácticas ambientales, un elevado nivel de biodiversidad, la preservación de recursos naturales, la aplicación de normas exigentes sobre bienestar animal y una producción conforme a las preferencias de determinados consumidores por productos obtenidos a partir de sustancias y procesos naturales.
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eli/es-ct/l/2014/01/27/2#art-180