Título TÍTULO I›Capítulo CAPÍTULO I›Secc. Sección tercera. Canon del agua
Art. 15
15 / 270En vigor desde 31 ene 2014
Se modifica el apartado 4 del artículo 71 del texto refundido de la legislación en materia de aguas de Cataluña, aprobado por el Decreto Legislativo 3/2003, de 4 de noviembre, que queda redactado del siguiente modo:
«71.4 En los usos industriales de agua para la producción de energía eléctrica en las centrales hidroeléctricas y en las centrales térmicas con un consumo anual de agua superior a 500 hectómetros cúbicos, el tipo se afecta de un coeficiente 0,0053.»
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Proeli/es-ct/l/2014/01/27/2#art-15