Art. 143
Título TÍTULO IIICapítulo CAPÍTULO II

Art. 143

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En vigor desde 31 ene 2014
En materia de prevención de riesgos laborales, el Instituto Catalán de la Salud tiene la consideración de administración pública y queda sujeto a lo dispuesto en la normativa reguladora del procedimiento administrativo especial para la imposición de medidas correctoras de incumplimientos en materia de prevención de riesgos laborales en el ámbito de la Administración de la Generalidad.
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