Art. 44
Título TÍTULO VCapítulo CAPÍTULO III

Art. 44

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En vigor desde 5 dic 2014
1. El período impositivo de la tasa autonómica de abastecimiento de agua potable es el trimestre natural, devengándose ésta el último día de cada trimestre. 2. El período impositivo de la tasa autonómica de abastecimiento de agua bruta es el año natural, devengándose el último día de este período.
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