Art. Disposición final sexta
Título TÍTULO IIICapítulo CAPÍTULO IV

Art. Disposición final sexta

86 / 86
En vigor desde 27 mar 2014
La presente ley entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el «Boletín Oficial del Estado».
Historial de versiones

Este artículo no ha sufrido modificaciones desde su publicación.

Tus anotaciones

Pro

eli/es/l/2014/03/25/2#disposicion-final-sexta