Art. 2
Título TÍTULO PRELIMINAR

Art. 2

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En vigor desde 27 mar 2014
1. La Política Exterior de España tiene como principios inspiradores el respeto a la dignidad humana, la libertad, la democracia, el Estado de Derecho y los derechos humanos. La Política Exterior de España defenderá y promoverá el respeto y desarrollo del derecho internacional, en particular el respeto de los principios de la Carta de las Naciones Unidas. Promoverá los proyectos de construcción europea y de la Comunidad Iberoamericana de Naciones, así como el multilateralismo en el seno de la comunidad internacional. 2. Son objetivos de la Política Exterior de España: a) El mantenimiento y promoción de la paz y la seguridad internacionales; b) El fomento de instituciones multilaterales fuertes y legítimas; c) La promoción y consolidación de sistemas políticos basados en el Estado de Derecho y en el respeto a los derechos fundamentales y las libertades públicas; d) La lucha contra la pobreza, la solidaridad con los países en vías de desarrollo y el desarrollo económico y social de todos los Estados; e) La defensa del medio ambiente y la protección de la biodiversidad, la lucha contra el cambio climático y la preocupación por la seguridad alimentaria; f) La eliminación de las armas de destrucción masiva y armas químicas y la asunción de un compromiso activo por un progresivo desarme a nivel mundial; g) La construcción de una Europa más integrada y más legítima ante sus ciudadanos, que se constituye como un actor global de referencia; h) El fortalecimiento de la Comunidad Iberoamericana de Naciones; i) La seguridad y bienestar de España y sus ciudadanos; j) La asistencia y protección a sus ciudadanos, así como la protección de los intereses económicos de España en el exterior; k) La promoción de los intereses económicos de España en el exterior.
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