Título TÍTULO I›Capítulo CAPÍTULO II›Secc. Sección 1.ª Tasas
Art. 10
10 / 59En vigor desde 26 ene 2014
Se modifica la tarifa 17, en su primer cuadro, del artículo 74, en la Tasa 17 del Texto Refundido de las Tasas de Comunidad Autónoma de Aragón, aprobado por Decreto Legislativo 1/2004, de 27 de julio, del Gobierno de Aragón, con la siguiente redacción:
«Volumen de aprovechamiento Cuota euros Hasta 20 m 3 37,22 Más de 20 m 3 37,22 + 0,193 euros por m 3 adicional»
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Proeli/es-ar/l/2014/01/23/2#art-10