Capítulo CAPÍTULO II
Art. 11
11 / 30En vigor desde 28 jun 2014
Los sujetos obligados a efectuar el depósito prestarán su colaboración a las labores inspectoras, facilitando la misma con la información o documentos que les sean requeridos.
Historial de versiones
Este artículo no ha sufrido modificaciones desde su publicación.
Tus anotaciones
Proeli/es-cn/l/2014/06/20/2#art-11