Título TÍTULO I
Art. 1
1 / 37En vigor desde 26 abr 2014
1. El objeto de esta ley es garantizar el principio de igualdad de trato y de no discriminación por razón de orientación sexual e identidad de género de las personas homosexuales, bisexuales, transexuales, transgénero e intersexuales.
2. Esta ley establece principios y medidas destinados a la prevención, corrección y eliminación de toda discriminación por razón de orientación sexual e identidad de género, en los sectores público y privado, y dentro del ámbito de aplicación contenido en el artículo 2.
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Proeli/es-ga/l/2014/04/14/2#art-1