Art. Disposición final primera
Título TÍTULO VIICapítulo CAPÍTULO IISecc. Sección 4ª. Procedimiento sancionador

Art. Disposición final primera

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En vigor desde 19 jun 2014
La presente ley se dicta al amparo de las competencias que corresponden a la Comunitat Valenciana, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 148.1.6.ª y 4.ª de la Constitución, y en el artículo 49.1.15.ª, 9.ª y 13.ª del Estatut d’Autonomia de la Comunitat Valenciana, aprobado por la Ley Orgánica 5/1982, de 1 de julio.
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