Título TÍTULO II›Capítulo CAPÍTULO III
Art. 50
50 / 85En vigor desde 13 jun 2013
1. La Administración de la Comunidad de Castilla y León dotará los medios y recursos necesarios para garantizar la aplicación del sistema arbitral para la resolución de quejas y reclamaciones en materia de igualdad de oportunidades, no discriminación y accesibilidad por razón de discapacidad.
2. Este sistema arbitral contará con la participación de las asociaciones representativas de las personas con discapacidad y de los demás sectores afectados.
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Proeli/es-cl/l/2013/05/15/2#art-50