Capítulo CAPÍTULO III›Secc. Sección 2.ª Coordinación de políticas y servicios de apoyo a emprendedores y emprendedoras y a empresas
Art. 10
10 / 17En vigor desde 15 abr 2012
El Gobierno de las Illes Balears ha de impulsar la coordinación de las infraestructuras públicas existentes, con el objetivo de hacerlas más eficientes y de generar un recurso motor y tractor de creación y consolidación empresarial. En este sentido, se distingue entre:
a) Viveros de empresas: el Gobierno de las Illes Balears debe poner en valor las infraestructuras públicas para la incubación existentes en las Illes Balears, mediante la coordinación administrativa, el fomento del uso de éstas y la promoción de las empresas instaladas en dichas infraestructuras, todo ello potenciando el trabajo en red y la cooperación, tanto a escala local como nacional y europea, entre los viveros. Asimismo, el Gobierno de las Illes Balears establecerá una política de atracción de empresas extranjeras hacia las infraestructuras de incubación existentes.
b) Infraestructuras científico-técnicas e industriales: a la vez, el Gobierno de las Illes Balears impulsará la cooperación público-privada para la creación de infraestructuras científico-técnicas e industriales.
c) Parques industriales: el Gobierno de las Illes Balears establecerá una política de desarrollo de suelo industrial empresarial así como la atracción de empresas extranjeras hacia los parques empresariales.
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Proeli/es-ib/l/2012/04/04/2#art-10