Capítulo CAPÍTULO IV
Art. Disposición adicional segunda
13 / 23En vigor desde 15 jul 2012
Las actividades señaladas en el Anexo se identificarán e interpretarán de conformidad con los términos establecidos por el Real Decreto Legislativo 1175/1990, de 28 de septiembre, por el que se aprueban las tarifas y la instrucción del Impuesto sobre Actividades Económicas.
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Proeli/es-md/l/2012/06/12/2#disposicion-adicional-segunda