Art. Disposición final vigésima primera
Título TÍTULO IV

Art. Disposición final vigésima primera

165 / 204
En vigor desde 6 mar 2011
El Gobierno, en el plazo de tres meses desde la entrada en vigor de esta Ley, remitirá a las Cortes Generales un proyecto de Ley de Eficiencia Energética y Energías Renovables, que adopte las medidas necesarias para avanzar en el cumplimiento de los objetivos previstos en esta Ley.
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