Art. 28
Título TÍTULO ICapítulo CAPÍTULO IIISecc. Sección 1.ª Transparencia y gobierno corporativo

Art. 28

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En vigor desde 6 mar 2011
Las autoridades financieras incorporarán al ejercicio de sus facultades de inspección y sanción los principios, normas y criterios de calidad incorporados en las Disposiciones finales quinta, séptima, octava, novena y décima de esta Ley.
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