Título TÍTULO VIII›Capítulo CAPÍTULO VI
Art. Disposición transitoria tercera
180 / 185En vigor desde 1 ene 2016
Los clubes deportivos que a la entrada en vigor de esta modificación tengan el nombre de una universidad en su denominación y estén inscritos en el Registro de Entidades Deportivas de la Comunitat Valenciana, dispondrán del plazo de seis meses para su constitución como sección deportiva, siendo cancelada su inscripción como club deportivo.
Se añade por el de la Ley 10/2015, de 29 de diciembre. Ref. BOE-A-2016-1205
Tus anotaciones
Proeli/es-vc/l/2011/03/22/2#disposicion-transitoria-tercera