Art. 78
Título TÍTULO VCapítulo CAPÍTULO VII

Art. 78

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En vigor desde 25 mar 2011
1. El Registro de Entidades Deportivas de la Comunitat Valenciana está adscrito al Consell Valencià de l’Esport y tiene por objeto la inscripción de las entidades deportivas reguladas en la presente ley. 2. El registro es público. Reglamentariamente se establecerá el régimen de acceso, organización y funcionamiento del mismo. 3. La inscripción en el registro no convalidará los actos que sean nulos ni los datos incorrectos.
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