Art. 76
Título TÍTULO VCapítulo CAPÍTULO VI

Art. 76

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En vigor desde 25 mar 2011
1. Las sociedades anónimas deportivas con domicilio en la Comunitat Valenciana se regirán por la legislación estatal específica en la materia, sin perjuicio de las disposiciones de esta ley que les sean aplicables. 2. Las sociedades anónimas deportivas debidamente constituidas e inscritas en los registros correspondientes, serán igualmente objeto de inscripción en el Registro de Entidades Deportivas de la Comunitat Valenciana.
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