Título TÍTULO VIII›Capítulo CAPÍTULO III›Secc. Sección tercera. El procedimiento jurisdiccional en el ámbito electoral
Art. 164
164 / 185En vigor desde 25 mar 2011
El plazo para recurrir ante la junta electoral federativa será el establecido en el reglamento electoral de la federación correspondiente.
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Proeli/es-vc/l/2011/03/22/2#art-164