Art. Disposición derogatoria única
Título TÍTULO V

Art. Disposición derogatoria única

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En vigor desde 7 abr 2011
A la entrada en vigor de la presente Ley quedan derogadas cuantas normas de igual o inferior rango, emanadas de los órganos de la Comunidad Autónoma, se opongan a lo dispuesto en la misma.
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