Título TÍTULO II›Capítulo CAPÍTULO I
Art. 32
32 / 52En vigor desde 7 abr 2011
1. La Administración del Principado de Asturias promoverá una mayor presencia de mujeres empresarias en todos los sectores de actividad y ocupaciones, especialmente en aquellos en que estén subrepresentadas, mediante el fomento del autoempleo, tanto en su vertiente individual como colectiva.
2. Se establecerán medidas e instrumentos de colaboración destinados a impulsar y apoyar el trabajo por cuenta propia de las mujeres, reforzando los servicios de acompañamiento y formación tanto para la creación como para la consolidación de sus iniciativas emprendedoras.
3. Se fomentará el establecimiento de redes de empresarias y su participación en los canales de promoción, publicidad y comercialización de productos.
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Proeli/es-as/l/2011/03/11/2#art-32