Capítulo CAPÍTULO II›Secc. Sección 2.ª Régimen disciplinario en los centros educativos
Art. Disposición final segunda
15 / 15En vigor desde 8 mar 2011
La presente ley entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial de La Rioja.
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Proeli/es-ri/l/2011/03/01/2#disposicion-final-segunda