Título TÍTULO VI›Capítulo CAPÍTULO I
Art. 60
60 / 82En vigor desde 22 may 2010
Incurrirán en las sanciones previstas en esta Ley, quienes por acción u omisión hubieren cometido las infracciones tipificadas en el ámbito territorial de Castilla-La Mancha.
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Proeli/es-cm/l/2010/05/13/2#art-60