Art. 6
Título TÍTULO ICapítulo CAPÍTULO III

Art. 6

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En vigor desde 22 may 2010
El ejercicio de la actividad comercial en Castilla-La Mancha se desarrollará de acuerdo con los principios de libertad de empresa, libre competencia, libertad de establecimiento y libre circulación de bienes y servicios, en el marco de una economía de mercado, en virtud de lo dispuesto en los artículos 38 y 139.2 de la Constitución, la legislación de aplicación general del Estado y la legislación autonómica sobre la materia.
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