Título TÍTULO III›Capítulo CAPÍTULO II
Art. 60
60 / 73En vigor desde 22 abr 2010
La evaluación de las políticas públicas podrá realizarse por la propia Administración, sea con medios propios o contratando servicios de terceros, o externamente por entidades y organismos especializados independientes.
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Proeli/es-cl/l/2010/03/11/2#art-60