Art. 21 quater
Título TÍTULO IVCapítulo CAPÍTULO IV

Art. 21 quater

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En vigor desde 6 jul 2017
1. Tras la celebración de las elecciones autonómicas, el candidato a la Presidencia propuesto por el Presidente de las Cortes de Aragón, y a través de este, podrá solicitar la constitución en las Cortes de una comisión de traspaso con la finalidad de examinar la documentación de traspaso y aclarar cuantos extremos sean necesarios al objeto de facilitar el normal traspaso de poderes. 2. Integrarán la comisión los miembros del Gobierno en funciones y/o los altos cargos de la Administración designados por el Presidente en funciones junto con las personas designadas al efecto por el candidato a la Presidencia. Se añade por la disposición final 5.1 de la Ley 5/2017, de 1 de junio. Ref. BOE-A-2017-10292#df-5

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eli/es-ar/l/2009/05/11/2#art-21-quater