Art. 34
Capítulo CAPÍTULO IISecc. Sección 4.ª Estructura y organización§ Subsección 5.ª Los puestos de trabajo y su provisión

Art. 34

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En vigor desde 4 jun 2008
El destino de los funcionarios de nuevo ingreso en cada empleo se realizará por el orden de puntuación obtenido en el proceso de selección.
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