Título TÍTULO VIII
Art. Disposición adicional sexagésima cuarta
185 / 215En vigor desde 1 ene 2009
El Gobierno, en el plazo de un mes desde la entrada en vigor de esta Ley, dará cumplimiento a la disposición adicional septuagésima de la Ley 51/2007, de 26 de diciembre, de Presupuestos Generales del Estado para el año 2008, llevando a cabo las oportunas modificaciones legales para que las familias monoparentales con dos hijos a cargo tengan la consideración de familia numerosa.
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Proeli/es/l/2008/12/23/2#disposicion-adicional-sexagesima-cuarta