Art. 55
Título TÍTULO VCapítulo CAPÍTULO II

Art. 55

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En vigor desde 1 ene 2009
Se autoriza a la Sociedad Estatal de Participaciones Industriales a prestar avales en el ejercicio del año 2009, en relación con las operaciones de crédito que concierten y con las obligaciones derivadas de concursos de adjudicación en que participen durante el citado ejercicio las sociedades mercantiles en cuyo capital participe directa o indirectamente, hasta un límite máximo de 1.210.000 miles de euros.
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eli/es/l/2008/12/23/2#art-55