Art. Disposición adicional primera
Título TÍTULO VII

Art. Disposición adicional primera

182 / 202
En vigor desde 17 ago 2008
El patrimonio de la Empresa Pública «Corporación Extremeña de Medios Audiovisuales» así como el de sus sociedades filiales, se integra en el Patrimonio de la Comunidad Autónoma de Extremadura y tiene la consideración de dominio público, como patrimonio afecto a un servicio público.
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