Art. 13
Título TÍTULO I

Art. 13

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En vigor desde 10 jul 2007
Corresponde a la Consejería competente en materia de energía establecer las especificaciones técnicas de los equipos e instalaciones necesarios para la captación de las energías renovables y su transformación en energía útil.
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eli/es-an/l/2007/03/27/2#art-13