Título TÍTULO II›Capítulo CAPÍTULO III
Art. 22
22 / 120En vigor desde 3 jul 2007
1. El Sistema Público de Servicios Sociales, a efectos de la planificación de la prestación de servicios sociales, se organiza territorialmente en:
a) Áreas de Servicios Sociales.
b) Zonas Básicas de Servicios Sociales.
2. La organización territorial vendrá establecida en el Mapa de Servicios Sociales.
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Proeli/es-cb/l/2007/03/27/2#art-22