Capítulo CAPÍTULO V›Secc. Sección 1.ª Acceso y promoción
Art. 32
32 / 45En vigor desde 11 may 2024
Los requisitos generales para el ingreso en cualquier categoría de los Cuerpos de Policía Local del Principado de Asturias serán los siguientes:
a) Tener la nacionalidad española.
b) Tener la edad mínima de 18 años y no exceder de la edad máxima de jubilación forzosa legalmente establecida.
c) Estar en posesión de la titulación académica correspondiente.
d) No padecer enfermedad o defecto físico que impida o menoscabe el desempeño de sus funciones.
e) No haber sido separado del servicio de la Administración estatal, autonómica ni local, ni haber sido inhabilitado para el ejercicio de la función pública.
f) Estar en posesión de los permisos de conducción A y B (BPT) o sus equivalentes.
g) Comprometerse a portar armas y, en su caso, llegar a utilizarlas, que se prestará mediante declaración responsable.
Se modifica la letra b), se suprime la g) y se reordena la letra h) como g) por el art. único de la Ley 3/2024, de 30 de abril. Ref. BOE-A-2024-11192
Tus anotaciones
Proeli/es-as/l/2007/03/23/2#art-32