Art. Disposición adicional quinta
Título Funciones de los cuerpos y las escalasCapítulo Funciones de los cuerpos especiales y de las escalas que forman parte de los mismos

Art. Disposición adicional quinta

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En vigor desde 14 jun 2026
1. Se crea la especialidad de agente de pesca en el cuerpo ayudante facultativo, escala de agentes de medio ambiente. 2. Se crea la especialidad de técnico en farmacia y parafarmacia en el cuerpo ayudante facultativo, escala sanitaria. Se añade por la disposición final 41.1 de la Ley 4/2026, de 11 de junio. Ref. BOE-A-2026-15579#df-41

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eli/es-ib/l/2007/03/16/2#disposicion-adicional-quinta