Título Cuerpos y Escalas de la Administración de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears›Capítulo CAPÍTULO II
Art. 6
6 / 46En vigor desde 16 jun 2022
En los cuerpos generales de la Administración de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears existen las siguientes escalas:
a) Cuerpo superior:
– Escala de inspección de tributos.
– Escala de administración económico-financiera.
b) Cuerpo de gestión:
– Escala de subinspección de tributos.
– Escala de gestión económico-financiera.
Se modifica la letra a) por la disposición final 2.2 del Decreto-ley 6/2022, de 13 de junio. Ref. BOE-A-2022-13798#df-2
Tus anotaciones
Proeli/es-ib/l/2007/03/16/2#art-6