Art. 6
Título Cuerpos y Escalas de la Administración de la Comunidad Autónoma de las Illes BalearsCapítulo CAPÍTULO II

Art. 6

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En vigor desde 16 jun 2022
En los cuerpos generales de la Administración de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears existen las siguientes escalas: a) Cuerpo superior: – Escala de inspección de tributos. – Escala de administración económico-financiera. b) Cuerpo de gestión: – Escala de subinspección de tributos. – Escala de gestión económico-financiera. Se modifica la letra a) por la disposición final 2.2 del Decreto-ley 6/2022, de 13 de junio. Ref. BOE-A-2022-13798#df-2

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eli/es-ib/l/2007/03/16/2#art-6