Art. Disposición final tercera
Título TÍTULO VIICapítulo CAPÍTULO IV

Art. Disposición final tercera

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En vigor desde 12 jun 2007
Las cuantías económicas de las sanciones previstas en la presente Ley podrán ser actualizadas por el Consejo de Gobierno conforme al índice de precios al consumo o sistema que lo sustituya.
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