Título TÍTULO VI›Capítulo CAPÍTULO IV
Art. Disposición derogatoria única
87 / 89En vigor desde 8 sept 2007
Quedan derogadas todas las disposiciones de igual o inferior rango que contradigan lo previsto en la presente Ley.
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Proeli/es-ri/l/2007/03/01/2#disposicion-derogatoria-unica